Establecen manual de procedimientos para actualizar y depurar el RCP

Ante la necesidad de contar con un registro de electores veraz y actualizado, el máximo organismo electoral del país dio a conocer la Resolución del TSJE N° 214/2014, por la que se reglamentan los procedimientos para la actualización y depuración del Registro Cívico Permanente (RCP).

Entre los deberes y atribuciones del Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE), de cumplir y hacer cumplir la Constitución Nacional y las leyes de la República, el artículo 6, inciso u, de la Ley N° 635 Que Reglamenta la Justicia Electoral, dispone adoptar las providencias requeridas para el cumplimiento de las finalidades que asigna la referida normativa y el Código Electoral. En ese sentido, se aprueba el Manual de Procedimientos para la Actualización y Depuración del Registro Cívico Permanente (RCP), y se dispone su vigencia inmediata.

Con el objeto de obtener un registro de electores veraz y confiable, necesarios para unas elecciones libres, legítimas y transparentes, se desarrollan las tareas de actualización y depuración del RCP, labor que se cumple a partir de la  utilización del formulario habilitado por la Dirección General del Registro Electoral (DGRE), adjuntando los recaudos y documentos correspondientes.

La actualización de los datos relativos a la identidad de los electores y solicitud de rehabilitación de ciudadanos que figuren en el RCP con el estado inhabilitado, se procede ante la Oficina Distrital más próxima al domicilio del solicitante, como así también ante la Dirección General del Registro Electoral o la Dirección de Actualización y Depuración.

Se requiere para la corrección de datos de identidad, la fotocopia de la cédula de identidad; mientras que para rehabilitación en el RCP de aquellos ciudadanos inhabilitados por sentencia judicial, la fotocopia autenticada de la resolución judicial declarativa correspondiente, además del certificado de vida y residencia expedida por el juez de la localidad, en el caso de hallarse erróneamente como difunto. Igualmente se establecen los mecanismos para la actualización de domicilio o cambio de local de votación.

En tanto que, la depuración se refiere al conjunto de tareas tendientes a excluir del RCP, en forma definitiva o temporal, a los ciudadanos inscriptos, en virtud a las causales previstas en la normativa conforme a los procedimientos que la ley determine.

Entre ellas se mencionan, la depuración de ciudadanos fallecidos, o con presunción de fallecimiento; los declarados interdictos o rebeldes y los recaudos exigidos; así como los condenados a penas privativas de libertad o inhabilitados para ejercer sus derechos políticos. Los soldados conscriptos, clases y alumnos de las Fuerzas Armadas y Policiales; las inscripciones repetidas o las hechas fraudulentamente, y los tachados, cuentan con el procedimiento para obtener la excelencia del RCP, contribuyendo a la confiabilidad y transparencia del Padrón Nacional.

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