Entró en vigencia periodo de difusión de propaganda electoral en la vía pública en Tacuatí

Se acercan las elecciones en el distrito del departamento de San Pedro y de acuerdo con el Cronograma Electoral; a partir de este lunes, 23 de mayo, los partidos y movimientos políticos podrán promocionar candidaturas.

El artículo 290 de la Ley 834/96 del Código Electoral establece que “el objetivo de la propaganda electoral es la difusión de la plataforma electoral, así como los planes y programas de los partidos, movimientos políticos y alianzas con la finalidad de concitar la adhesión del electorado”.

Según el Cronograma establecido por el Tribunal Superior de Justicia Electoral con miras a las Elecciones en Tacuatí del 24 de julio, durante 60 días se podrá realizar la propaganda electoral mediante afiches, pasacalles, carteles, pintatas, volantes y otras formas de exposición en la vía y los espacios públicos.

En tanto, recién a partir del 22 de junio, durante 30 días antes de las elecciones, se podrá hacer propaganda mediante los medios masivos de comunicación, ya sean en espacio radiales, televisivos o escritos (diarios, revistas, semanarios, etc.).

En el artículo 290 del Código Electoral se detallan las condiciones que deben cumplir los partidos y movimientos políticos a la hora de promocionar a sus candidatos. Entre otras cosas la propaganda debe estar bien individualizada y no inducir a engaños o confusiones. Si esto ocurre, el partido, la alianza, el movimiento político afectado podrá recurrir al Tribunal Electoral de la circunscripción con las pruebas correspondientes.

Otra de las fechas importantes dentro del cronograma de trabajo con miras a las municipales en Tacuatí, es el 19 de junio, día de Elecciones Internas Simultáneas.

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