Finalizado el periodo de Tachas y Reclamos se procederá al cruzamiento de datos con los padrones partidarios

El cruzamiento de datos consiste en cotejar los registros de electores de las distintas agrupaciones políticas con los datos que constan en el Registro Cívico Permanente (RCP)

Según el Cronograma Electoral elaborado con miras a las Elecciones Municipales del 15 de noviembre próximo, el 30 de marzo se realizará la presentación del pre-padrón electoral.

Este procedimiento estará a cargo de la Dirección General del Registro Electoral, una vez terminado el registro de electores nacionales y extranjeros de todo el país.

Posterior a esto el 17 de abril, los partidos políticos deberán hacer entrega de sus pre-padrones y el listado de proponentes de los movimientos políticos al Tribunal Superior de Justicia Electoral (TSJE) para el cruce informático correspondiente con el Registro Cívico Permanente (RCP), teniendo en cuenta las internas partidarias simultáneas previstas para el 26 de julio próximo.

Si bien el organismo electoral no tiene injerencia en los temas referentes a afiliaciones o desafiliaciones, las agrupaciones políticas deben remitir sus padrones a la Justicia Electoral para cotejar los registros electorales a los efectos de corroborar si sus simpatizantes están inscriptos en el RCP.

En este sentido, la Ley 834/96 en su artículo 352, establece que para las elecciones internas de los partidos políticos se reconocerá como único domicilio legal el que haya sido declarado por el elector en el Registro Cívico Permanente (RCP).

Es por ello que la Dirección de Informática de la Justicia Electoral comparará los pre padrones que presenten las diferentes nucleaciones políticas con los datos del RCP, para su consideración y certificación.

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